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Inicio / Lista de Foros / General :: Ensayos y Comentarios / ¿Crees que en nuestras sociedades latinoamàricanas deberìa existir la pena de muerte, por què? - [F:4:7807]


roboret66,13.12.2006
El tema de la pena de muerte es un punto complicado, puesto que, aunque la derecha lo mira como un tema cerrado, pues se debe proteger la vida, me interesa discutir el tema con ustedes... què piensan al respecto, y por què piensan eso?
 
sindari,13.12.2006
Absolutamente no.
Por dos cosas:
La primera es que no constituye una forma de prevenir el delito (hacia donde debe estar orientada toda punición jurídica), sino que lo hace más violento.
La segunda es la asombrosa falibilidad de la Justicia. No es sólo un problema latinoamericano, es un problema de un sistema en que el juicio no busca determinar la verdad, sino acusar y defender.
Un mal abogado puede ser la diferencia entre la vida y la muerte, sin importar la inocencia o culpabilidad.
 
roberto_cherinvarito,13.12.2006
Si hubiera muerte por pena, Pinoshiet se hubiera muerto hase 30 años.
 
mandrugo,13.12.2006
Absolutamente contrario.
 
roboret66,13.12.2006
El tema, ciertamente es muy complicado, sin embargo es interesante lo que dices sindari, pues si hace más violenta a la persona al aplicar la pena, entonces si reducimos su análisis al hombre, diríamos que ¿Tomás Hobbes se equivocó cuando nos dice que la mayor pasión humana "el temor a la muerte violenta disciplina al hombre"? Bueno, no es que esté a favor, sin embargo existe la posibilidad de que la fuerza calme el desorden social? como nos lo afirma Max Weber al legitimar la violenvcia?
 
el_altazor,13.12.2006
Ni en nuestras sociedades latinoamericanas ni en ninguna otra. Nadie es dueño de la vida del otro.
 
ollaida,13.12.2006
¿que la derecha lo mira con miras estrechas? ¿y de dónde se ha sacado usted que la derecha es la inventora de la pena de muerte? ¿la izquierda, no?

topicazos aparte...diré que la pena de muerte no tiene ninguna complicación...es simplemente, inaceptable. Las legislaciones y las penas pueden ser lo suficientemente duras con las penas de prisión, como para deshechar atentados a la racionalidad como es la pena de muerte y la tortura.
 
ollaida,13.12.2006
pido disculpas por leer mal lo que se ha dicho al principio por roboret...sobre la derecha.

De todas formas, tanto la derecha como la izquierda, han coqueteado y siguen coqueteando con la pena de muerte.
 
jeronima,14.12.2006
No estoy de acuerdo con la pena de muerte, además de lo que ha dicho sindari, me parece que el castigo se lo leva la familia del condenado.
 
roboret66,16.12.2006
Pienso que los seres humanos estamos constituidos por emociones y por razonamiento, de suerte que no podemos abandonar la una en los terrenos de la otra, pues si observamos sólo los sentimientos, tendrémos que todas las cosas se mirarán con ternura y benevolencia, al igual que una madre cuida a sus hijos, sin importar las posibilidades que puedan corregir sus errores, si no es por la ternura...Bueno, el razonamiento es más frío, sin embargo posee mayor certeza...
 
lio_mendez,16.12.2006
Creo que, para empezar, deberíamos tomar en cuenta que muchos de los delincuentes que serían candidatos para la pena de muerte, no piensan ni sienten igual que la gente común y corriente o los perjudicados por el delito. Aquí en México, todas las semanas se detienen secuestradores que asesinaron, mutilaron y violaron durante años, y que lo confiesan con un cinismo inimaginable. A estos delincuentes, les preocupa poco o nada mantenerse vivos, así que la pena de muerte sería tan sólo un método de prevención para que no cometan de nuevo el delito por el que se les acusa y para darle un goce de venganza a la sociedad y a los perjudicados.

Fuera de los factores que anteriormente se mencionaron en el foro (que puede que se condene gente inocente, que los delincuentes se salven gracias a un buen abogado y que los familiares sean los afectados), creo que habría de tomar en cuenta que, uno, se puede alunizar como método de represalia política e intelectual en los países de Latinoamérica, dos, puede usarse irresponsablemente en casos que no ameritaban la pena de muerte y, tres, las creencias religiosas de las mayorías (parte importante del pueblo como contención moral –y conste que no soy religioso–) lo desaprueban.

¿Es mejor eliminar a estos individuos antes de que vivan una vida entera, frustrados por no poder delinquir? No lo sé. Pero yo no creo en la redención religiosa de un secuestrador y asesino en serie y no sé si sea mejor venganza matarlo, que dejarlo preso.

¿Serviría para que haya menos delitos del mismo tipo? Puede ser y entonces, tal vez valdría la pena intentarlo, cuando las condiciones sean las indicadas.
 
lio_mendez,16.12.2006
Donde dije alunizar, quería decir utilizar. Sorry.
 
roboret66,09.01.2007
Pienso que las condiciónes nunca van a ser las adecuadas. A veces pienso que como en USA, esos ya perdieron el rumbo, de tanta represión y pena de muerte los criminales ya les vale... No sé si será bueno, pero al comparar al norte con toda su tecnología y dinero, y leyes, donde la gente sale a matar con rifles, que quién sabe por qué, por odio o no sé. En los países latinoaméricanos no pasa eso, por qué será?...
 
sindari,09.01.2007
Lio:
Una persona que delinque (ergo uno delincuente, como lo definís, como si fuera de una "especie" distinta a la humana") es un ser humano que por diversas razones (sociales, culturales, económicas, pasionales, etc,) comete un delito.
Hay una cuestión interesante, de la que soy un profundo convencido. Nadie hace algo que vaya contra su conciencia. Quien comete un delito, lo hace justificando para sí mismo que en las condiciones que lo hace está bien hacerlo.
Eso no justifica el delito, explica que quien lo comete no es un ser extraño o antinatural.
Nadie se frustra por no poder delinquir. Se frustra cuando no puede obtener lo que desea o necesita.
 
sindari,09.01.2007
Ah... y piensan y sienten como la gente común y como las víctimas del delito, por dos cosas:
Primero: son gente común (es decir, tan humanos como vos y yo).
Segundo: en la casi totalidad de los casos, también son víctimas de delito (no viven en una burbuja)
 
sindari,09.01.2007
Otro punto.
Roboret:
¿La derecha lo mira como un tema cerrado, pues se debe proteger la vida?
¿Bush y Menem son de izquierda?
 
ELNEGROPABLO,09.01.2007
No sé para que abren foros de debate... Con consultar a Ollaida se despejan todas las dudas.

El problema con la pena de muerte es quien la determina.
Si me dejan a mi, prometo ser prudente.

 
Stelazul,09.01.2007
A mí lo que me parece es de una prepotencia que roza con el delirio el que un ser humano se arrogue la superioridad moral para matar a otro. Y encima en nombre de ser más humano que él.

Y, está más que comprobado que, estadística en mano, para nada inhibe o contiene la comisión de delitos.

Se ha computado que en USA, se asesinan "legalmente" un 37% de inocentes.
Tienen la deferencia de no asesinarlos mientras se les supone inocentes, sino que primero se les -asesina "legalmente"., y luego por motivos aleatorios y diferentes se compruba que fueron otros y no ellos los responsables de los crímenes que se les imputaban.

¿Has pensado que te puede pasar a ti?

¿Y que le puede pasar a tu hijo, padre, madre, novio, etc.??

 
Finch,10.01.2007
Sí. La pena de muerte debería existir en cualquier sociedad que desee proteger a sus ciudadanos de un ser humano defectuoso y sin posibilidades de rehabilitación. Es verdad que se han dado algunos casos en que a una persona inocente se le ha ejecutado y sin bien nada perdona un error semejante, han sido muy pocos. Con los avances en la tecnología, la investigación forense tiene increibles medios para determinar fehacientemente si una persona ha cometido un delito. Muchas veces es algo tan obvio, que ni mucha investigación es necesaria. Basta ver el caso de Jeffrey Dhamer que tenía en su refrigerador órganos de los chicos que había asesinado para luego prepararlos con quizá patatas y ajo. Es sumamente difícil rehabilitar a asesinos como éste - dicho por psiquiatras. Por lo tanto es un ser defectuoso que hay que eliminar. ¿Para qué gastar dinero en mantenerlo en una cárcel per secula seculorum? En este caso otro prisionero lo mató y se acabó.

Nada tiene que ver con humanidad, porque estos hombres/mujeres no la tienen, no saben el significado de compasión, ni culpa. Están exentos de sentimientos y por ende, en este caso, se les llama sociópatas.

¿Superioridad moral para matar a otro? Por supuesto. Sí a la pena de muerte.
 
Andante348,10.01.2007
En los Estados Unidos existe la pena de muerte.
¿por qué no va a poder existir en Latinoamérica?
Se supone que es un juicio legal y una condena en contra de un asesino que ha cometido delitos que merecen todo el rigor de la ley.
 
goldberg,10.01.2007
bEl problema de la pena de muerte en los países de Latinoamérica no está en la razón de existir o no existir, sino en la manera como se maneja la culpabilidad del acusado...

En Latinoamérica el acusado es culpable hasta que se compruebe lo contrario. En los USA el culpable es inocente hasta que se demuestre que es culpable, y aún así los ejecutan a casi todos. Según Aministía Internacional, más del 40% de los condenados a muerte en los USA son inocentes... imagina la masacre de inocentes en LATINOAMÈRICA.

Un abrazo de oso/b
 
Vogelfrei,10.01.2007
NO debería de darse la pena de muerte, porque genera más muertes y, en muchos casos, otorga mayor notoriedad a los criminales.
Lo que pasa, es que no podemos llamar justicia a la venganza.
Y USA no es un referente para nada bueno.
 
goldberg,10.01.2007
b"Y USA no es un referente para nada bueno"

Es cierto.

Un abrazo de oso/b
 
lio_mendez,10.01.2007
“Basta ver el caso de Jeffrey Dhamer que tenía en su refrigerador órganos de los chicos que había asesinado para luego prepararlos con quizá patatas y ajo.”

Finch, lo respeto mucho, pero cuide de no proyectarse en sus suposiciones.

Usted dice:

“Nada tiene que ver con humanidad, porque estos hombres/mujeres no la tienen, no saben el significado de compasión, ni culpa. Están exentos de sentimientos y por ende, en este caso, se les llama sociópatas.”

¿Y usted qué humanidad demuestra al generalizar esta suposición a todos los asesinos en serie, sin haberlos conocido a todos, o tener una prueba fehaciente, que compruebe su hipótesis?

Creo que después de lo sabiamente mencionado por Goldberg, debo citar a una contrincante en discusión, Enriqueta. Ella dice algo más o menos así:

“¿Para quién es importante la vida de estos enfermos (que no puedo dejar de notar que Finch ve un tanto con desprecio)? Pues para ellos, para sus familiares, para le gente que quieren.”

Yo creo que es mejor la cadena perpetua y las sociedades deben de conservar a sus asesinos vivos. Porque, quién es culpable de su existencia o su forma de ser. ¿de ellos? Si no es su responsabilidad la manera cómo son, ¿entonces por que odiarlos? Creo que más responsable fue su medio ambiente y la sociedad que se muestra indiferente a los problemas de violencia. Que fácil deshacerse del problema.

Puede sonar contradictorio con lo que dije antes, pero recalco que no me queda claro si matarlos funciona de algo. Si usted dice, ellos son enfermos, ¿entonces la existencia de peores castigos va a eliminar la enfermedad? No lo sé. En mi experiencia, sé que algunos enfermos psiquiátricos se contienen, solo y exclusivamente, por la existencia del castigo –como el 95% de la sociedad, según estudios-. Pero el caso de los asesinos en serie, que no se contuvieron ante nada para llevar a cabo el asesinato, ¿por que ahora sí habría de importarles la existencia de un castigo?

Y por favor no use de pretexto la ley, que esa siempre es la mejor excusa para proyectar los resentimientos propios. “Castiguen al malo”. Recuerde que nadie está exento de una enfermedad mental, ni usted ni sus familiares.
 
Stelazul,10.01.2007
Cuando dicen que qué humanidad demuestran ellos?? y que si puesto que son monstruos sociales y no se van a regenerar... Es que, por favor, una y mil veces más... LA HUMANIDAD QUE ESTÁ POR DEMOSTRARSE POR SUPUESTO NO ES LA DE ESOS MONSTRUOS SINO LA DE LOS QUE SE SUPONE QUE NO SOMOS MONSTRUOS. Gracias.
 
Regina_mojadita,10.01.2007
¿Quien dijo eso estela?
 
Stelazul,10.01.2007
eso? .. que yo sepa moi même...
 
roboret66,27.03.2007
PENA CAPITAL: ¿CASTIGO INHUMANO?

Sin duda alguna son múltiples y de muy variada calidad los argumentos que, a lo largo de la historia del pensamiento, se han avanzado en contra de la pena de muerte. En este trabajo consideraré únicamente cuatro, bastante socorridos, dicho sea de paso. Mi estrategia consistirá en presentarlos lo mejor que pueda y posteriormente intentaré hacer ver por qué falla. Denominaré a los argumentos en cuestión los argumentos de la ‘santidad de la vida humana’, de la ‘inocencia causal’, de la ‘ineficacia causal’ y de la ‘irremediabilidad del error’, respectivamente. Considerémoslos en ese orden.

El argumento de la santidad de la vida humana.

Aunque no tiene una formulación canónica, uno de los argumentos más recurrentes en contra de la pena capital es el que apela al valor supremo de la vida humana. La vida humana es sagrada, esto es, es algo esencialmente valioso, o mejor dicho, encarna lo más valioso que hay en el mundo. (…) De ahí que la función primordial del Estado tenga que ser la de proteger tan precioso bien. Por consiguiente, no puede el Estado mismo abocarse a suprimir vidas humanas. La pena de muerte, contemplada como un mecanismo socialmente sancionado, equivale a un auténtico contrasentido. Nadie tiene derecho a quitarle la vida a un ser humano. Ese es, precisamente, el crimen mayor. Por ello, no se podría condenar a la pena de muerte ni siquiera a un asesino, puesto que eso es perfectamente contradictorio: se estaría cometiendo con él precisamente lo que se le critica y se quiere erradicar: la supresión violenta de la vida humana por la acción de sus congéneres.
[…] si bien hay acciones que enaltecen al hombre, que dotan a su vida de más valor que el que tenía ab initio, también lo es que ha acciones que operan en sentido inverso, es decir, que le restan valor a la vida del individuo o, si se prefiere, que contribuyen a que disminuya en él lo humano. Ahora bien, deseo sostener que hay cierta clase de crímenes, clase que intentaré caracterizar más abajo, que no sólo hacen que disminuya lo humano en el miembro de nuestra especie, esto es, lo valioso que hay en él, sino que hacen que lo pierda totalmente. Pero si esto es así, se sigue que condenar a muerte al autor de un crimen de esa categoría no es atentar en contra de la santidad de la vida humana, ni en general ni en particular, puesto que por su propia acción ese individuo se desproveyó a sí mismo de lo que lo hacía humano. Sólo una bestia puede, por ejemplo, ahogar a un niño de dos años en una tina para vender sus ojos. Ese individuo, sea quien sea, sigue desde luego siendo un miembro de nuestra especie, pero ya no es humano y, por lo tanto, condenarlo a muerte no es atentar en contra de algo valioso, puesto que eso que era valioso ya está perdido.

El argumento de la inocencia causal.

A grandes rasgos, este argumento consiste en señalar que el criminal cuya conducta supuestamente es susceptible de la pena máxima no cayó del cielo. La idea es que sus acciones estaban condicionadas, por no decir determinadas, por su trasfondo social, es estado psicológico en el que se encontraba cuando cometió su fechoría, etc. Muchos de los crímenes de los que nos enteramos son cometidos por gente ignorante, con graves trastornos mentales, por seres que han llevado una vida desastrosa, han sufrido desde niños, etc. En algo, se argumenta, deben contar estos factores que conforman su verdadero marco, el marco real de su existencia. En efecto, el sujeto es un asesino pero, puede sostenerse, en gran medida su acción estuvo causada por factores sobre los que él no podía ejercer ningún control.
[…] Todos “sabemos” lo que es dar una explicación causal. Estrictamente hablando, una explicación causal es una deducción formalmente válida efectuada a partir de leyes generales y de enunciados concernientes a la situación particular, al caso que nos interesa. Por ejemplo, yo doy una explicación causal del hecho de que un vaso se cae y se rompe si describo la situación y recurro a las leyes de la gravitación universal. Ahora bien, las explicaciones causales constituyen una clase de respuestas a la pregunta ‘¿por qué?’. Empero, hay preguntas “¿por qué? Que no se responden ofreciendo explicaciones causales. Veamos rápidamente un par de ejemplos.

Supongamos que voy a un espectáculo cualquiera y que el show me gusta. Un amigo me pregunta por qué me gustó tanto la representación en cuestión y yo doy mis razones: la orquesta tocó los pasajes clave con la fuerza adecuada, el director supo enfatizar ciertos momentos, el solista parecía inspirado por un raro virtuosismo, etc. Nada de esto tiene algo que ver con el modelo nomológico-deductivo enunciado más arriba. Lo único que no nos interesa en este caso son leyes (de la naturaleza). Nos importa el caso particular, singular, único e irrepetible. Es eso lo que juzgamos, evaluamos, debatimos, etc., y para ello damos razones y no buscamos causas. Y lo mismo acontece con las acciones de las personas. Cuando alguien "“explica"” por qué hizo algo, lo único que no está en juego es una explicación universal, puesto que no nos interesan las causas, sino las razones de la acción.

(…) Apliquemos lo dicho al caso de un crimen, digamos de un injustificado asesinato de un niño rehén de, por ejemplo, 3 años. Los padres no pudieron o quisieron dar el dinero que se les pedía y el niño es inmolado por los criminales. Posteriormente se les atrapa y se plantea la cuestión de si, por lo menos en el caso del homicida, esto es, del ejecutor, la pena de muerte es o no el castigo justo. Supongamos ahora que alguien sale con el peregrino argumento de que el asesino fue un niño violado, que su padre era un alcohólico, que fe en todos sentidos maltratado por la sociedad, etc. Quien argumentara de este modo estaría, si no me he equivocado en lo que he sostenido, cometiendo simultáneamente dos falacias enormes: estaría confundiendo dos planos cognitivos completamente diferentes por no entender que la función del abogado o del juez es la de considerar al agente en su relación con las leyes exclusivamente, esto es, por no haber entendido que en tanto que agente social es así como se le tiene que ver y, segundo, estaría confundiendo razones con causas. La conclusión se sigue por sí sola: el argumento que llamé de la ‘inocencia causal’ es perfectamente inaceptable y responde a una inclinación natural por mezclar y confundir nuestra ideas y pensamientos. Como argumento general en contra de la pena de muerte no vale.


El argumento de la ineficacia causal.

Este tercer argumento, que también es empleado a menudo por los opositores de la pena de muerte, es simple y aparentemente sólido. Consiste en decir que la implantación de la pena de muerte de hecho no hace que disminuya la tasa de criminalidad. Por lo tanto, la pena de muerte es doblemente inmoral, puesto que instituirla es instaurar un mecanismo inmoral que es, además, inútil.
[…] Yo estoy convencido de que todo mundo puede ver que el argumento es abiertamente falaz, pero es a J. S. Mill a quien debemos el haber exhibido la falacia. En efecto, en su famoso discurso a favor de la pena de muerte, él hizo ver que se pasa desapercibida una asimetría que es más bien importante. La asimetría se da entre nuestra información y los crímenes que de hecho se cometen. Disponemos de datos confiables en relación con ciertos hechos, pero no en relación con otros, que son igualmente cruciales. Por ejemplo, podemos en principio saber si en un lugar determinado después de la implantación de la pena de muerte se incrementó o disminuyó el número de crímenes para los cuales se habría introducido la pena capital. Pero lo que no podemos saber es cuántos crímenes no se cometieron por temor a padecer dicha pena. Podría darse el caso de que la implantación de la pena de muerte hubiera sido efectiva, esto es, que muchos crímenes no se hubieran cometido precisamente por eso y nosotros no lo sabríamos. Por otra parte, el argumento de que el criminal no se detiene me parece psicológicamente ingenuo: todo depende de qué perspectivas se abran realmente ante él. Si, como en México, lo más que le puede pasar a un criminal es quedarse muchos años en la cárcel, con la posibilidad de salir, de volver a delinquir, de delinquir desde dentro, etc., es evidente que las perspectivas de castigo no serán nunca suficientemente disuasivas para ningún criminal. Pero ¿qué tal si lo que le espera a un gran criminal es que lo decapiten en la plaza pública? Si está consciente de que ese no es un castigo posible sino factible, podemos estar seguros de que pensará dos veces antes de cometer su crimen. Por otra parte, pretender que la implantación de la pena de muerte opere mágicamente, eliminando de inmediato todos los crímenes de magnitudes propias de ella, es en realidad una pretensión descabellada. Ninguna medida lograría eso. Los efectos de un mecanismo como el de la pena de muerte dependen también de otros factores, pero eso no la vuelve dispensable. Pero lo único que se pone de manifiesto es que para la erradicación del crimen no hay tal cosa como La Solución. Por ejemplo, por más que haya pena de muerte y que de hecho gracias a ella se eviten muchos crímenes, es obvio que si cada quien puede adquirir, legal o ilegalmente, armas, la dolorosa medida institucional verá menguada su efectividad. Pero el problema no lo crea la medida misma. Radica más bien en los múltiples otros factores sociales relevantes que inducen al crimen. Así contemplada, la pena de muerte no es sino un mero dique de contención, de cuya utilidad, empero, difícilmente podrían tenerse dudas.


El argumento de la irremediabilidad del error.

A primera vista por lo menos, es este un argumento irrebatible. La idea es simple y consiste en apuntar a una deficiencia intrínseca, propia de la pena de muerte. Lo que se argumenta es que toda condena injusta es en principio revocable y si la víctima de una mala decisión está en la cárcel, pero viva, hay manera, en algún sentido, de enmendar el mal cometido. Aunque sea con 20 años de retraso, la sociedad puede redimirse ante un hombre injustamente castigado. El problema con la pena de muerte radica precisamente en que dicha posibilidad de corrección está cancelada, por la obvia razón de que a una persona ejecutada no la resucita nadie.

[…] en primer lugar, vale la pena señalar que el argumento no es tanto de carácter moral, como de carácter cognitivo o epistémico. Más específicamente, se trata de un argumento escéptico. Como todos sabemos, un argumento escéptico es un argumento que se funda en meras posibilidades lógicas. […] cuando lo que se esgrime es la mera posibilidad lógica del error, la respuesta sensata consiste en apuntar que es un hecho que se pueden mejorar nuestros procedimientos judiciales, que se pueden perfeccionar nuestros mecanismos de pruebas, que se puede refinar nuestro olfato argumentativo, que es factible evitar juicios precipitados o sumarios, etc. Infiero que como resultado de años de trabajo conjunto por parte de fiscales y defensores, después de los cuales lo único que se logra es confirmar una y otra vez las sospechas concernientes a un sujeto susceptible de la pena capital, el argumento escéptico no lo afecta en absoluto y resulta ser enteramente deleznable.

En segundo lugar, creo que es importante enfatizar que el argumento de la irremediabilidad de error se aplica por igual a otras penas impuesta o ¿es acaso el castigo impuesto a, por ejemplo, alguien que fue injustamente condenado a 25 años de cárcel, revocable, cancelable, eliminable? ¡Obviamente que no! Los 25 años perdidos en la cárcel están perdidos y no hay manera de recuperarlos. Para consuelo de muchos pero en todo caso no de la víctima, hay, naturalmente, mecanismos para semirreivindicarse frente a alguien que injustamente se pasó la mitad de su vida en la cárcel: se le puede asegurar un trabajo, quizá dinero, una pensión del Seguro Social o del ISSSTE, etc. Pero la pregunta original sigue vigente: ¿es eso un remedio al mal causado? La respuesta parece ser: ¿claro que no! La única diferencia con la pena capital es que en este segundo caso el castigo es más drástico, pero lo que a mí me interesa dejar establecido es simplemente que el argumento vale e ambas direcciones y que se trata más bien de un argumento general en contra del castigo, y sólo por extensión de ese castigo especial que es la pena de muerte. Pero debe quedar claro que no se trata de un argumento específico en contra de esta última.

En tercer lugar, pienso que podemos adoptar una posición utilitarista sin por ello caer en las paradojas del utilitarismo. El utilitarismo que aquí vendría en nuestra ayuda sería, claro está, el utilitarismo de la regla, no el del acto. Desde esta perspectiva, si una institución tiene consecuencia social o masivamente positivas, el que en alguna ocasión no funcione no basta para invalidarla. Una institución o un mecanismo social es objetivamente bueno si por regla general tiene consecuencias positivas (como, por ejemplo, la de contribuir a la prevención o a la disminución del crimen, restablecer equilibrios rotos, etc.). Ahora bien, nosotros no nos vemos acosados por el problema que aqueja a los utilitaristas en general, a saber, el de pecar en contra de la noción de justicia, puesto que no estamos, como el utilitarista del acto, recomendando que se sacrifiquen inocentes si con ello se beneficia a las mayorías.

[…] Nuestra conclusión no es que hay crímenes imperdonables, ya que eso es una trivialidad, sino que hay condenas a muerte insoslayables. Quisiera ahora, para terminar, construir tan sólo y a manera de advertencia algunos pensamientos de carácter social global. Una pregunta que creo que es impostergable es la siguiente: ¿qué pasa con una sociedad que se rehúsa a incorporar mecanismos que, como la pena de muerte para casos como el que he esta considerando (o sea, el asesinato a sangre fría de niños, ya sea por escuadrones de la muerte ya sea por criminales aislados), es su deber incorporar? Una sociedad así es una sociedad injusta y una sociedad injusta no sobrevive. Así, como se tienen que tomar punibles medidas económicas para, por ejemplo, controlar la inflación, así también se deben tomar medida nada gratas para la autoinoculación frente al crimen y, en especial, frente al más odios de todos: el crimen contra el niño: en este sentido, cuando una sociedad no hace lo que debe hacer para su autoprotección inevitablemente se debilita y entra en decadencia. [….] Una sociedad en la que se puede asesinar a un niño dejando en el mundo del ser a su victimario, a su exterminador, es una sociedad corrupta y destinada al fracaso. La pena capital es la pena adecuada para el crimen capital y ¿qué crimen no masivo imaginable es pero que el homicidio de un niño? Sociedades injustas en nuestro sentido son sociedades hipócritas. Su hipocresía se manifiesta, inter alia, en que permite que los oportunistas del momento pongan el grito en el cielo por la vida y los derechos humanos de un criminal a quien sólo nos vincula la pertenencia a la misma especie, al tiempo que hace caso omiso de los lamentos cotidianos de víctimas a quienes su abogado natural, o sea, el Estado, no supo proteger y cuya única culpa consistió en no haber sido lo suficientemente fuerte para defenderse por sí solos. Yo reto a que los santurrones e hipócritas dizque defensores de derechos humanos (como si un niño no tuviera derechos humanos) expresen sus opiniones sobre la santidad de la vida humana enfrente del padre o de la madre de un niño asesinado. Quizá entonces podrían entender que lo único que hay en la raíz de la idea de que es imprescindible introducir ciertos mecanismos drásticos de castigo no es otra cosa que ideas claras y sentimientos piadosos.


Tomasini Bassols, Alejandro “Pena capital: una revaluación”, en Tomasini, Bassols, et. al., Dilemas morales de la sociedad contemporánea 1, México, Editorial Torres Asociados, 1995. pp. 8-29

 
roboret66,27.03.2007
LA PENA DE MUERTE FRENTE A LOS DERECHOS HUMANOS.


Ha llegado el momento de abolir la pena de muerte en todo el mundo. La causa en pro de la abolición se vuelve más apremiante cada año que pasa. En todas partes la experiencia muestra que las ejecuciones embrutecen a quienes participan en ellas. No hay ningún lugar en el que se haya demostrado que la pena de muerte posea una eficacia especial a la hora de reducir la delincuencia o la violencia política. Su aplicación, en país tras país, recae desproporcionadamente sobre los pobres o las minorías raciales o étnicas. Con frecuencia se utiliza como instrumento de represión política. Se impone y se ejecuta de manera arbitraria. Es un castigo irrevocable que, inevitablemente, puede dar lugar a la ejecución de personas completamente inocentes. Además, la pena capital viola los derechos humanos fundamentales.

Durante los últimos veinte años, una media de más de dos países por año ha abolido la pena de muerte, afirmando con ello su respeto por la vida y por la dignidad del ser humano. Sin embargo, todavía hay demasiados gobiernos que creen que pueden resolver los problemas sociales o políticos más apremiantes ejecutando a unos pocos presos o, incluso, a centenares de ellos. Todavía hay demasiados ciudadanos en demasiados países que no son conscientes de que la pena de muerte no ofrece a la sociedad una mayor protección sino un mayor embrutecimiento. La abolición está ganando terreno, pero no con la suficiente rapidez.

La pena de muerte, ejecutada en nombre de todos los habitantes de una nación, involucra a todos. Por lo tanto, todos deben ser conscientes de lo que supone, de cómo se aplica, de cómo les afecta y de cómo constituye una violación de los derechos fundamentales.

Al aplicar la pena de muerte, el Estado da muerte a un ser humano de forma premeditada y a sangre fría. La sanción más grave que un Estado puede imponer a una persona es la privación deliberada de su derecho a la vida. La cuestión clave de la causa en pro de la abolición, es la de si el Estado tiene autoridad legítima para actuar así.

[…] La Declaración Universal [de los Derechos Humanos suscrita en 1948] es un compromiso entre las naciones para fomentar los derechos fundamentales como la base de la libertad, la justicia y la paz. Los derechos que proclama son inherentes a todas las personas. No son privilegios que los Estados puedan conceder por buena conducta y, por tanto, no pueden ser retirados por mala conducta. Los derechos fundamentales constituyen un límite a lo que un Estado puede hacer a un hombre, a una mujer o a un niño.

Sea cual fuere la razón que dé un Estado para justificar las ejecuciones y sea cual fuere el método utilizado, la pena de muerte no puede desligarse de los derechos humanos. El movimiento en pro de su abolición no puede separarse del movimiento en pro de esos derechos.

La Declaración Universal reconoce el derecho de toda persona a la vida y afirma asimismo categóricamente: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes”. Amnistía Internacional considera que la pena de muerte conculca estos derechos.

Puede pensarse que la legítima defensa justifica, en algunos casos, el que funcionarios de un Estado quiten la vida a alguien, como en el caso de que un país esté inmerso en una guerra internacional o civil) o cuando los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley deban actuar rápidamente para salvar sus propias vidas o las de otros. Pero, aun en tales situaciones, el empleo de la fuerza está limitado por normas jurídicas aceptadas internacionalmente y concebidas para impedir los abusos. Este uso de la fuerza ha de estar dirigido a impedir el daño inmediato resultante de una agresión ilegítima.

Sin embargo, la pena de muerte no es un acto de legitima defensa frente a una amenaza inminente contra la vida: consiste en dar muerte de forma premeditada a un preso que podría ser castigado con otros métodos menos crueles e igualmente eficaces.

No existe justificación alguna para la tortura o para los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes. La crueldad de la pena de muerte es evidente. Como la tortura, una ejecución constituye una agresión extrema contra la integridad física y mental de una persona que se encuentra indefensa y a disposición de las autoridades.

[…] El carácter irrevocable de la pena de muerte significa eliminar no sólo el derecho de la víctima a solicitar una reparación jurídica por una condena errónea, sino también la capacidad del sistema judicial de corregir sus errores.

[…] Numerosos Estados han reconocido que la pena de muerte no puede conciliarse con el respeto a los derechos humanos. Las misma Naciones Unidas se han declarado a favor de la abolición y han solicitado un suspensión de las ejecuciones. En abril de 1999, 68 países han abolido la pena de muerte para a todos los delitos. Otros 14 países sólo la mantienen para delitos excepcionales, como ciertos delitos cometidos en tiempos de guerra. Otros 23 países y territorios pueden considerarse abolicionistas de hecho, pues no llevan a cabo ejecuciones. Por consiguiente, unos 105 países –más de la mitad de todos los países del mundo- han abolido la pena de muerte o no la aplican en la práctica.

[…] En algunos países se considera legítima la pena como medio para prevenir o castigar el delito de asesinato. En otros puede ser considerada indispensable para poner fina al tráfico de drogas, a los actos de terror político, a la corrupción económica o al adulterio. Y hay países en los que todavía se utiliza para eliminar a quienes las autoridades consideran una amenaza política.

[…] Cualquiera que sea el propósito alegado, la idea de que el Estado pueda justificar un castigo tan cruel como la muerte entra en conflicto con la propia concepción de los derechos humanos. La importancia de estos derechos estriba precisamente en que hay ciertos medios que no pueden ser nunca utilizados para proteger a la sociedad, ya que su uso anula los valores mismos que hacen que la sociedad merezca ser protegida. Cuando se hace caso omiso de esta distinción esencial entre los medios apropiados e inapropiados en nombre de algún “bien superior”, todos los derechos se hacen vulnerable y todas las personas se encuentra amenazadas.

La pena de muerte, como violación de los derechos humanos fundamentales, sería inaceptable incluso en el supuesto de que se pudiera demostrar que es la única que satisface una necesidad social vital. Pero lo que la hace aún más indefendible y convierte su abolición en algo aún más apremiante es que nunca se ha demostrado que posea alguna característica que la haga especialmente adecuada para atender a una verdadera necesidad social.

Innumerables hombre y mujeres han sido ejecutados con el propósito declarado de impedir la delincuencia, en particular la comisión del delito de asesinato. Sin embargo, los estudios realizados en diversos países no han conseguido encontrar pruebas convincentes de que la pena de muerte tenga una capacidad única para disuadir a otras personas de la comisión de determinados delitos. Un estudio reciente –llevado a cabo para la Naciones Unidas en 1988 y actualizado en 1996- llegaba a la siguiente conclusión: “Esta investigación no ha podido aportar una demostración científica de que las ejecuciones tengan un mayor poder disuasorio que la reclusión perpetua. Y no es probable que se logre la demostración. Las prueba en su conjunto siguen sin proporcionar un apoyo positivo a la hipótesis de la disuasión”.

Es innegable que la pena de muerte, al “incapacitar” permanentemente al reo, impide que reincida en el delito. Pero no hay forma de comprobar si ese individuo realmente habría vuelto a delinquir si se le hubiese permitido vivir, ni, por otro lado, hay necesidad de violar el derecho a la vida del preso con e fin de incapacitarlo: se puede mantener a los delincuentes peligrosos apartados de la sociedad sin recurrir a la ejecución, como muestra la experiencia de numerosos países abolicionistas.

[…] Cuando los argumentos de la disuasión y la incapacitación se desvanecen, nos quedamos con una justificación más arraigada de la pena de muerte: la del justo castigo por el delito cometido. Según este argumento, ciertas personas merecen que se les de muerte como castigo por el mal que han causado: hay crímenes tan ofensivos que la muerte del autor es la única respuesta justa.

Éste es un argumento emocionalmente poderoso. También es un argumento que, de ser válido, socavaría los fundamentos de los derechos humanos. Si un individuo que comete un acto terrible “merece” la crueldad de la muerte, ¿por qué no podrían otros, por razones similares, “merecer” ser torturados, encarcelados sin juicios o, simplemente, muertos a tiros? Lo esencial de los derechos humanos fundamentales es que son inalienables. No puede privarse de ellos ni siquiera a quienes han cometido los crímenes más atroces. Los derechos humanos son aplicables tanto a los peores de entre nosotros como a los mejores y, precisamente por ello, nos protegen a todos.

El argumento del castigo merecido se reduce con frecuencia a un simple deseo de venganza enmascarado tras un principio de justicia. El deseo de venganza puede comprenderse y reconocerse, pero hay que resistirse a llevarlo a la práctica. La historia de los esfuerzos por establecer el Estado de derecho es la historia de la restricción progresiva de la venganza personal en las líneas públicas de conducta y en los códigos jurídicos.

Si los ordenamientos penales actuales no prescriben que se queme la casa de alguien que ha provocado un incendio, que se viole a un violado o que se torture a un torturado, no es porque toleren los delitos, sino porque las sociedades entienden que para ser sólidos deben estar edificados sobre un conjunto de valores diferente de aquello que condenan.

Una ejecución no puede servir de manifestación de condena del acto de matar cuando ella misma consiste en dar muerte a una persona. Este tipo de acto refleja que el Estado tiene la misma disposición que el criminal a emplear la violencia física contra una víctima.

Estrechamente relacionada con el argumento de que algunas personas “merecen” morir se encuentra la idea de que el Estado es capaz de determinar con exactitud quiénes son esas personas. Con independencia de la opinión de cada uno sobre el argumento del castigo merecido, la experiencia de la aplicación práctica de la pena de muerte revela que ningún sistema de justicia penal es capaz –ni se podría concebir que lo fuera- de decidir de manera justa, coherente e infalible quién debe vivir y quién debe morir.

Todos los sistemas judiciales penales son vulnerables a la discriminación y al error. Los criterios de oportunidad, las decisiones discrecionales y la opinión pública predominante son factores que pueden influir en los procedimientos y actuaciones desde la detención inicial hasta el ejercicio de la prerrogativa de gracia en el último minuto. Lo cierto respecto a la pena de muerte es que lo que a menudo determina quién debe ser ejecutado y quién perdonado es no sólo la naturaleza del delito son también el origen étnico y social, los medios económicos o las opiniones políticas del procesado. La pena de muerte se aplica de manera desproporcionada contra los pobres, los desvalidos, los marginados o aquellas per
sonas a las que los gobiernos represivos consideran oportuno eliminar.


Amnistía Internacional, Error capital. La pena de muerte frente a los derechos humanos, pp. 11-17
 
giuliannosanuto,27.03.2007
No sólo no debería existir la pena de muerte, como la que le aplicaron al Obispo Romero los izquierdistas del escua
drón de la muerte de Dabuisson.
Tampoco deberían existir los gobiernos, los ejércitos,
las escuelas, las iglesias, los manicomios ni los estadios.
Aparte de los prostíbulos, que cumplen una función so
cial importante, los demás establecimientos no sirven más que para viles transacciones comerciales.
Ah....y de paso sería también una flor que todos anduvieramos en pelota.
Así podemos seguirnos matando como salvajes sin toda esa parafernalia ridícula que llaman "civilización".
 
Stelazul,27.03.2007
Suscribo uno por uno todos los puntos de la declaración de Amnistía Internacional contra la pena de muerte. Totalmente.
 
gabygaby,28.03.2007
La cuestión, aparte de saber si en esos casos extremos aplica o no, es tomar en cuenta lo parcializados y corrompibles que son muchos gobiernos latinos (nada nuevo, la historia derrama esa gentuza).
Díganme ustedes si no van a inculpar a cualquiera que estorbe para ejecutarlo... Los condenados a muerte políticos van a comenzar a ser frecuentes... Al principio será para asesinos en serie, pero luego a ladrones, a secuestradores, a rebeldes... Aplicar tal sanción es cruzar una de las líneas que nos separa de la anarquía
 
OrlandoTeran,28.03.2007
¿Crees que en nuestras sociedades latinoamàricanas deberìa existir la pena de muerte, por qué?
No. No soluciona nada.
 
ollaida,28.03.2007
La pena de muerte nunca está justificada. Y siguiendo a Terán, no soluciona nada...
es más, si solucionara algo, bastaría recordar que somos humanos.
 
Petrus,28.03.2007
Yo creo que ya estamos condenados a penar hasta la muerte.
 



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